Los Emblemas
Desde el siglo XIX, la cruz roja y la media luna roja son los símbolos universales del socorro que se presta a las víctimas de los conflictos armados y de las catástrofes naturales. Desafortunadamente, en algunos contextos, estos emblemas, que son signos visibles de la neutralidad absoluta de la misión humanitaria, no gozan del debido respeto. Además, algunos Estados no se identifican con ninguno de estos dos emblemas.
Para solucionar esos problemas, los Estados Partes en los Convenios de Ginebra adoptaron, en una conferencia diplomática celebrada en diciembre de 2005, un protocolo adicional a los Convenios. En ese instrumento se establece un emblema nuevo, denominado comúnmente el cristal rojo, que se suma a la cruz roja y la media luna roja.
En junio de 2006, la XXIX Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja modificó los Estatutos del Movimiento a fin de incorporar el nuevo emblema, y adoptó formalmente el nombre de "cristal rojo" . La modificación de los Estatutos permitió que el CICR reconociera y la Federación Internacional admitiera como miembro al Magen David Adom de Israel. La misma Conferencia solicitó que el CICR reconociera y la Federación admitiera como miembro a la Media Luna Roja de Palestina. Por consiguiente, ambas Sociedades Nacionales fueron admitidas simultáneamente.
En el derecho internacional humanitario se dispone qué personas e instituciones tienen derecho a ostentar los emblemas de la cruz roja y de la media luna roja, las condiciones de su empleo y la represión de los abusos del emblema.
En diferentes tratados se dispone minuciosamente acerca de estos diversos aspectos, que también se analizan en numerosas publicaciones del CICR.
La aplicación nacional de los convenios internacionales incumbe a los Estados, así como velar por el respeto de los emblemas vigentes.
Información tomada de www.icrc.org
